Fondo Diocesano de Solidaridad

A 30 de junio de 2022

Número de cuenta bancaria de la Diócesis en la que  se puede ingresar vuestra aportación:

Unicaja ES24 2103 2221 9000 1001 4694 

Al efectuar el ingreso es suficiente con indicar el nombre del ordenante y la palabra FONDO

DECRETO DE CREACIÓN

MONS. DR. D. JESÚS GARCÍA BURILLO, POR LA GRACIA DE DIOS Y DE LA SEDE APOSTÓLICA, ADMINISTRADOR APOSTÓLICO DE CIUDAD RODRIGO

         Con el fin de paliar alguno de los efectos de la crisis económica y social que previsiblemente se derivará del actual estado de alarma y paralización de la actividad económica motivada por la pandemia de COVID-19, por las presentes, constituimos el FONDO DIOCESANO DE SOLIDARIDAD, para hacer frente a diversas situaciones de carestía económica que puedan afectar a las familias de nuestra Diócesis, de modo que se posibilite el complementar con dicho Fondo las actividades asistenciales y promocionales que de modo ordinario están desarrollando Cáritas diocesana y las Conferencias de San Vicente de Paúl cubriendo las necesidades básicas de numerosas personas, así como ayudar también a través de las Parroquias a familias con diversas dificultades e incluso a pequeños negocios que van a sufrir de forma directa el impacto de esta crisis.

         Este Fondo diocesano se constituye con una cantidad inicial de 75.000 euros, aportados por el Obispado, deseando que se vea implementado por las aportaciones generosas de todos los miembros del presbiterio diocesano y del conjunto de la comunidad diocesana (parroquias, comunidades religiosas, fieles, cofradías, movimientos, etc.).

         Así mismo disponemos que se elabore un protocolo de regulación del Fondo que fije los criterios de distribución de las ayudas y establezca una Comisión de gestión del mismo. Este Fondo comenzará a desarrollar su actividad en la fecha en que se apruebe el protocolo por el que se rige.

         Dado en Ciudad Rodrigo, a 9 de abril de 2020

                                            +Jesús García Burillo, Obispo
Administrador Apostólico de Ciudad Rodrigo

 

Por mandato de Su Excia. Rvdma.
Prudencio Manchado Vicente
Canciller-Secretario

FIESTA DE LA ASCENSIÓN 2020

A todos los diocesanos de Ciudad Rodrigo

       Queridos hermanos y amigos:

       Recibid mi afectuoso saludo en esta fiesta de la Ascensión, en que todos los templos de la Diócesis se han abierto a las celebraciones.

       Me dirijo a todos, creyentes y no creyentes, a las comunidades religiosas, cofradías, movimientos, etc. para exponeros una iniciativa en la que ya vienen participando los sacerdotes hace varias semanas.

Lamentablemente seguimos inmersos en esta compleja situación derivada de la pandemia del Covid-19, que requiere dirigir nuestra mirada al futuro más inmediato, cuando la alerta sanitaria pase y volvamos a la vida ordinaria. Se trata de una iniciativa similar a las surgidas en otras Diócesis y pretende paliar alguno de los efectos de la crisis económica y social que con toda seguridad se derivará del actual estado de alarma y paralización de la actividad económica.

Consiste en la creación de un Fondo diocesano de solidaridad, para hacer frente a diversas situaciones de carestía económica que puedan afectar a las familias de nuestra Diócesis, con el fin de complementar las actividades asistenciales y promocionales que vienen desarrollando Cáritas y las Conferencias de San Vicente de Paúl. Procuraríamos atender las necesidades básicas de numerosas personas, ayudar a familias con dificultades en servicios básicos, estudios, etc., e incluso a pequeños negocios que sufrirán de forma directa el impacto de la crisis.

Este Fondo diocesano se constituye con una cantidad inicial de 75.000 euros, aportados por el Obispado, quedando abierto a las aportaciones generosas de todos cuantos consideréis esta grave necesidad. Con este fin se creará una Comisión diocesana de seguimiento de dicho Fondo, presidida por mí mismo e integrada inicialmente por el Ecónomo diocesano, por un representante de Cáritas, otro de las Conferencias de San Vicente de Paúl y un asesor jurídico, si bien podrán incorporarse ocasionalmente otros miembros según las necesidades surgidas. Hasta el presente hemos suministrado material de protección sanitaria a las residencias de mayores por un valor de 2.000 euros.

Os facilito el número de cuenta bancaria de la Diócesis en la que podréis depositar vuestra aportación: Unicaja ES24 2103 2221 9000 1001 4694.  Para ingresar una cantidad es suficiente con indicar el nombre del ordenante y la palabra FONDO. Las peticiones de ayuda pueden presentarse o bien en las instituciones mencionadas o en las parroquias.

Quiero agradeceros de antemano vuestra generosa colaboración en esta iniciativa que pretende ser un signo de solidaridad y un testimonio que nos impulsa a atender las necesidades de los más vulnerables, sumándose a tantas ayudas como, sin duda, vosotros estáis realizando ya estos días.

Con mi saludo afectuoso y mi bendición,

+Jesús García Burillo, Obispo

 Administrador Apostólico

 

PROTOCOLO DEL FONDO DIOCESANO DE SOLIDARIDAD
DIÓCESIS DE CIUDAD RODRIGO

PROTOCOLO DEL FONDO DIOCESANO DE SOLIDARIDAD
DIÓCESIS DE CIUDAD RODRIGO

  1. Constitución y denominación
    Por decreto del Sr. Obispo Administrador Apostólico de Ciudad Rodrigo, Mons. D. Jesús García Burillo, de 9 de abril de 2020, se constituye para la Diócesis de Ciudad Rodrigo, el Fondo Diocesano de Solidaridad, con motivo de la pandemia de COVID-19, dependiente de la Diócesis de Ciudad Rodrigo y bajo las directrices del Sr. Obispo Administrador Apostólico. El capital inicial del mismo es de 75.000 € aportados directamente por la Diócesis, al que se añadirá en un primer momento la aportación del presbiterio diocesano y en fase posterior la colaboración de toda la comunidad diocesana (parroquias, movimientos, cofradías, particulares, etc.)

  2. Finalidad
    Dicho Fondo se constituye ante la previsión de la crisis económica y social derivada del estado de alarma y paralización de la actividad económica que se vive al momento de su constitución, y con él se pretende paliar algunos de los efectos de la misma en la realidad del territorio de la Diócesis de Ciudad Rodrigo.

  3. Destinatarios
    Los destinatarios principales de este Fondo son 1º) unidades familiares de convivencia o aquellas personas de la Diócesis de Ciudad Rodrigo que se encuentren en situación de vulnerabilidad por tener que afrontar graves dificultades económicas, que le impidan cubrir las necesidades básicas de desarrollo personal y familiar; 2º) aquellos autónomos, empresarios o profesionales o sociedades familiares, titulares de pequeños negocios, entendiéndose como tales aquellos con una cifra de negocios en torno a los 60.000,00.- € anuales en el último ejercicio cerrado y que, a raíz de la crisis prevista, no puedan continuar desarrollando su actividad económica o encuentren serias dificultades para mantener su desarrollo.

  4. Condiciones de acceso al Fondo
    1) Para unidades familiares o personas
    – Tener domicilio en el territorio de la Diócesis de Ciudad Rodrigo
    – Hallarse en situación de vulnerabilidad, entendiéndose como tal cuando la renta familiar no supere, en el momento de solicitar la ayuda, la cantidad equivalente a:
    • 2 veces el IPREM por cada persona adulta o progenitor
    • 1 vez el IPREM por cada uno de los hijos integrantes de la unidad familiar. 
    – No haber podido acceder a otro tipo de ayuda, o en caso de haberla recibido, no superar el máximo de renta familiar establecido en el párrafo anterior.
    – Solicitar la ayuda necesaria a través de Cáritas diocesana, o en su caso Cáritas arciprestal o parroquial, a través de las Conferencias de San Vicente de Paúl, o a través de las Parroquias de la Diócesis dirigiéndose a la persona del párroco
    – Presentar la documentación pertinente justificativa de la situación laboral y económica de los integrantes de la unidad familiar

    2) Para pequeños negocios
    – Tener domicilio en el territorio de la Diócesis de Ciudad Rodrigo
    – Ver reducida su facturación mensual como mínimo un 50% respecto de la facturación media mensual del primer semestre del año 2019.
    – Instar la ayuda necesaria a través de Cáritas diocesana, o en su caso Cáritas arciprestal o parroquial, a través de las Conferencias de San Vicente de Paúl, o a través de las Parroquias de la Diócesis dirigiéndose a la persona del párroco
    – Presentar la documentación pertinente justificativa de la situación fiscal, laboral y financiera de la empresa solicitante de ayuda

  5. Cuantía de las ayudas
    La cuantía máxima a percibir será:
    – Para unidades familiares: 250 € por cada progenitor, incrementada en función del número de hijos, siempre que concurra el requisito de convivencia. El incremento por hijos se calculará según la necesidad concreta, atendiendo a la edad y situación escolar o laboral de los mismos, y en virtud de la renta familiar total.
    – Para pequeños negocios: el límite máximo de la ayuda será de 350 €.

    Los márgenes de la cuantía podrán verse incrementados a juicio de la Comisión diocesana, siempre que, por acuerdo unánime de sus miembros, sea preciso hacer frente a una situación clara de necesidad que así lo requiera de modo excepcional y justificado documentalmente.

  6. Temporalidad de las ayudas
    El carácter de las ayudas es de tracto único, por lo que, salvo casos de necesidad, la recepción de las mismas excluye un posterior acceso a tales ayudas. Será la Comisión diocesana quién acuerde la posibilidad de que las ayudas se puedan reiterar al mismo sujeto. Para ello se han de tener en cuenta los criterios de renta de los solicitantes, la evidencia de la necesidad y la disponibilidad de recursos del Fondo.

  7.  Comisión diocesana de seguimiento
    Para que el Fondo resulte efectivo y las ayudas se distribuyan de modo equitativo y responsable, se crea la Comisión diocesana de seguimiento del Fondo que será presidida por el Sr. Obispo de la Diócesis y estará integrada por el Ecónomo diocesano, un representante de Cáritas diocesana, un representante de las Conferencias de San Vicente de Paúl y un asesor jurídico. A dicha Comisión se podrán incorporar esporádicamente otras personas según las necesidades que puedan surgir en su momento.

    Las competencias de la Comisión serán:
    – Estudiar las solicitudes presentadas para la percepción de ayudas y aprobarlas si reúnen las condiciones exigidas
    – Realizar el seguimiento de las diversas aportaciones a dicho Fondo para tener conocimiento permanente de los recursos disponibles
    – Mantener cauces permanentes de comunicación y coordinación con las Administraciones públicas locales y provinciales, y con otras instituciones y organizaciones de cooperación y promoción social que desarrollan su labor en el territorio diocesano, para seguir criterios comunes en la prestación de ayudas
    – Exigir los justificantes oportunos de la aplicación de la ayuda a los beneficiarios, sobre todo en el caso de negocios familiares
    – Acordar, en casos de extrema necesidad, la reiteración de ayudas a sujetos que con anterioridad hayan sido beneficiarios de las mismas
    – Determinar nuevos cauces de implementación del Fondo a través de otras aportaciones
    – Declarar extinguido dicho Fondo cuando se consideren cumplidos los objetivos para el que fue constituido, o por la extinción de los recursos, o por otra causa que, por unanimidad de los miembros, se considere justificada.

  8. Cauces para derivar las ayudas
    Las ayudas autorizadas se distribuirán a través de los cauces ordinarios de Cáritas diocesana, o en su caso Cáritas arciprestal o parroquial, a través de las Conferencias de San Vicente de Paúl, o a través de las Parroquias. En ningún caso se permitirá la distribución de las aportaciones económicas por otros cauces distintos de los aquí expresados. Para ello se expedirá un formulario que estará disponible en las instituciones citadas y que habrán de cubrir los interesados para solicitar la ayuda pertinente.

    Con carácter ordinario, la ayuda aprobada se hará llegar al solicitante a través de ingreso en la cuenta bancaria cuyo titular sea el mismo solicitante o cabeza de la unidad familiar, y en caso de negocio, en la cuenta del titular a efectos fiscales. De modo extraordinario, para los casos en que el solicitante carezca de cuenta bancaria, se hará entrega de la ayuda a través de los miembros de la Comisión, con el consiguiente justificante de recepción, firmado por ambas partes.

  9. Extinción del Fondo
    La Comisión diocesana de seguimiento será la encargada de determinar la extinción del Fondo cuando así lo considere oportuno, conforme a las condiciones indicadas. En caso de que, al momento de dicha extinción, el Fondo se encuentre provisto de recursos, éstos se derivarán directamente a las instituciones diocesanas de caridad, de modo que reviertan a través de las mismas en futuras ayudas a los más necesitados y se vea así respetada plenamente la voluntad de los donantes.

Ciudad Rodrigo, 8 de junio de 2020

(Aprobado por Decreto del Sr. Obispo Administrador Apostólico, D. Jesús García Burillo, de 8 de junio de 2020)